El 27 de septiembre se celebrarán las elecciones al Parlamento de Cataluña.
Los españoles residentes en el exterior que consten como censados en una provincia de Cataluña tendrán que prestar atención a estas fechas si no quieren perder la posibilidad de votar, visto que se trata de «voto rogado» (obligación de solicitar el voto).
- Del 10 al 17 de agosto: consulta de las listas del CERA (Censo de Españoles Residentes Ausentes) en el Consulado y reclamación si no se consta en el Censo o hay algún error.
- Cuando llegue por correo certificado el material para solicitar el voto: la fecha límite para solicitarlo (también por internet) es el 29 de agosto.
- Del 1 al 7 de septiembre (o hasta el 15 de septiembre si se impugna alguna lista), las Delegaciones provinciales electorales envían el material para votar a los catalanes residentes en el exterior que lo hayan solicitado.
- 22 de septiembre: fecha límite para enviar el voto por correo al Consulado General de España en Génova.
- 23 de septiembre: fecha límite para enviar voto por correo al Consulado General de España en Génova de los españoles trasladados temporalmente al extranjero.
- del 23 al 25 de agosto (hasta las 16 h.) se puede depositar el voto en urna en el Consulado General de España en Génova.
Para más información:
- Web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación: Elecciones al Parlamento de Cataluña 2015.
- Artículo publicado en España Exterior.